1. NOVEDADES
Son
todos aquellos registros documentos físicos que afectaran la nómina del mes que
se está liquidando y que tendrán un efecto directo en el pago y las deducciones
de los funcionarios de la entidad.
1.2 Que clases de novedades existen
Las
novedades que afectan la nómina son: Administrativas Ingresos de funcionarios,
aprendices y pensionados Traslados de funcionarios Retiro de Funcionarios,
aprendices y pensionados Licencias Vacaciones Encargos Sanciones
disciplinarias. De terceros Préstamos de cooperativas Prestamos de fondos
Seguros Prevención exequias Medicina repagada Cajas de compensación (para
pensionados) Sindicatos Embargos Asociaciones Icetex Libranzas de entidades
financieras
Del
SENA Horas Extras Préstamo de vivienda Préstamo de Calamidad Préstamo del Fondo
de Ahorro Seguro de Vida e Incendio Libranzas Servicio Médico Préstamo
Educativo Responsabilidades de pensionados Resoluciones de asignación de primas
Solicitudes de Trabajadores oficiales
CCT (subsidios, auxilios, primas de nacimiento, matrimonio etc.) Solicitudes de
empleados públicos (auxilios funerario, educativo, etc.) Solicitudes de
disminución de retención en la fuente Solicitud de cambio de valor ahorrado en
el fondo. Que se generan Bonificación. Prestados Por el Aplicativo Quinquenios
En
conclusión todo son novedades cuando afectan la nómina.
1.3 Naturaleza
y alcance de las novedades
v
Liquidación de cesantías: Se transmita la autorización de
liquidación parcial de cesantías resultado de la solicitud de liquidación
efectuada por los empleados de la empresa. Finalizando con el pago parcial de
las cesantías soportadas con la respectiva resolución del de la Protección
Social.
v
Retención en la fuente: Consiste en asignar el porcentaje de
retención en la fuente con base al salario devengado mensualmente de acuerdo a
la tabla de retención establecida por la DIAN con esto se puede disminuir de
acuerdo con lo establecido por la ley tributaria, en los siguientes conceptos:
aportes voluntarios de pensión, pago por educación y medicina prepagada, pagos
por vivienda.
v
Incapacidades: Es la novedad en donde se transcriben
las incapacidades que las diferentes EPS que los empleados entregan por
enfermedad general, accidente laboral, licencia de maternidad con el fin de
llevar el control de estas novedades y así poder hacer la respectiva
liquidación y cobro de dichos valores a cada EPS.
v
Embargos
y desembargos: Se transmite una
orden de embargo y/o desembargo originada por un proceso de un juzgado o de una
cooperativa. Finalizando con el pago o eliminación del descuento al empleado
según el oficio ordenado por el ente regulador.
v
Prima
y prestaciones de servicio: El trabajador recibe un pago en reconocimiento por sus utilidades que
genera en la compañía.
v
Vacaciones: Cuando los trabajadores realizan sus
labores, estos tienen derecho a gozar de un periodo de vacaciones que será
remunerado en un periodo estipulado ya sea en común acuerdo
entre empleado y empleador, sin perder sus condiciones laborales.
v Aportes parafiscales: es un obligación para el empleado q se le descuente de
su salario este aporte, por tener derecho laboral, Caja de Compensación
Familiar, entidad que brinda recreación y bienestar social para empleados que
dependa de ello.0 Servicio Nacional de Aprendizaje, entidad encargada de
instruir a empleados para contratar aprendices que están en formación educativa
profesional, su aporte es del 2% sobre la nómina total mensual, e Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar, establecimiento público que se encarga de la
atención de la niñez abandonada el aporte es un 3% sobre el monto total de la
nómina mensual.
2. REGLAMENTOS INTERNO DE TRABAJO CONCERNIENTE A
NOVEDADES ESCALA DE FALTAS
El
empleador es el que decide limitarse en su poder y potestad disciplinaria es
decir si el trabajador incumple lo establecido como prohibición a su obligación
en el contrato de trabajo o el reglamento interno de la empresa.
Para
poder despedir a un trabajador lo primero es enviarlo a descargos. Pero si el empleador quiere hacer una
distinción entre faltas leves y graves, es su decisión si lo quiere, al igual
que establecer una escala de medidas a tomar, según la falta cometida.
ARTICULO
114. SANCIONES NO PREVISTAS. La empresa no puede imponer a sus
trabajadores sanciones no previstas en el reglamento, en pacto, en convención
colectiva, en fallo arbitral o en contrato individual.
ARTICULO 115. PROCEDIMIENTO PARA SANCIONES. Artículo modificado por el artículo 10 del Decreto 2351 de 1965. Antes de aplicarse una sanción disciplinaria al {empleador}, debe dar oportunidad de ser oídos tanto al trabajador inculpado como a dos representantes del sindicato a que este pertenezca. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria que se imponga pretermitiendo este trámite.
ARTICULO 115. PROCEDIMIENTO PARA SANCIONES. Artículo modificado por el artículo 10 del Decreto 2351 de 1965. Antes de aplicarse una sanción disciplinaria al {empleador}, debe dar oportunidad de ser oídos tanto al trabajador inculpado como a dos representantes del sindicato a que este pertenezca. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria que se imponga pretermitiendo este trámite.
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